El testamento es el documento en el que el testador señala a la persona o personas que quiere que reciban sus bienes después de su muerte. Se trata de un documento que no produce efectos hasta que el testador fallece. Por ello, quién otorga testamento puede modificarlo en cualquier momento. La existencia de testamento hace que los trámites necesarios para heredar sean más sencillos, más rápidos y con menos costes. Además permite que reciban la herencia las personas que uno desea, y no las que la ley señala que obligatoriamente deben suceder, en caso de ausencia de testamento. Testar es lo más recomendable para evitar problemas futuros, ya que hace posible determinar cómo se van a recibir los bienes adelantándose a posibles acontecimientos, a través la constitución de usufructos, legados, sustituciones hereditarias, nombramiento de tutores, nombramiento de administradores, etc. Es bastante común pensar que solo hay que hacer testamento cuando uno se casa, al tener un hijo o cuando se compra una vivienda. Pero lo cierto es que hacer testamento es un trámite sencillo y barato que aporta muchas ventajas a los herederos, por lo que siempre es recomendable hacerlo.

Requisitos

  • Documento de identificación del testador:

Por regla general, las personas físicas españolas bastará que presenten su D.N.I. y los extranjeros el N.I.E. con fotografía o bien el N.I.E. sin fotografía acompañado de pasaporte o tarjeta de residencia de su país de origen.

Dado que el testamento puede ser, en algunos casos, un documento muy complejo, es conveniente que se ponga en contacto con nosotros previamente.